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Fiscalidad

REF. LEY 49/02, de 23 de diciembre

Fundación Tajamar

La Fundación Tajamar es una entidad sin fines lucrativos acogida al régimen fiscal de la ley 49/02, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. También estamos acogidos a la ley 1/98 de 2 de Marzo de la Comunidad de Madrid, lo que permite un 15% adicional de desgravación como dice en el artículo 5 de la Ley 6/2018, de 19 de diciembre de Medidas Fiscales de la Comunidad de Madrid, por la que se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre.

Tabla de deducciones

PERSONAS FÍSICAS

(IRPF)

DONACIÓN

DEDUCCIONES

Hasta 250€ de donación a una o varias entidades durante el ejercicio

80%

* Para Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.

15% adicional

Resto de las donaciones a partir de 250€

Norma general

40%

Si se han abonado al menos 250€ durante el ejercicio y si en los dos ejercicios anteriores se ha donado esa misma cantidad

45%

PERSONAS JURÍDICAS

Si en los dos ejercicios anteriores NO se ha donado a la misma entidad

40%

Si en los dos ejercicios anteriores SÍ se ha donado a la misma entidad

45%

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