Saltear al contenido principal
Fiscalidad
REF. LEY 49/02, de 23 de diciembre
Fundación Tajamar

La Fundación Tajamar es una entidad sin fines lucrativos acogida al régimen fiscal de la ley 49/02, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. También estamos acogidos a la ley 1/98 de 2 de Marzo de la Comunidad de Madrid, lo que permite un 15% adicional de desgravación como dice en el artículo 5 de la Ley 6/2018, de 19 de diciembre de Medidas Fiscales de la Comunidad de Madrid, por la que se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre.

PERSONAS FÍSICAS
(IRPF)
DONACIÓN DEDUCCIONES
Hasta 150€ de donación a una o varias entidades durante el ejercicio 80%
* Para Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid. 15% adicional
Resto de las donaciones a partir de 150€Norma general35%
Si se han abonado al menos 150€ durante el ejercicio y si en los dos ejercicios anteriores se ha donado esa misma cantidad40%
PERSONAS JURÍDICASSi en los dos ejercicios anteriores NO se ha donado a la misma entidad35%
Si en los dos ejercicios anteriores SÍ se ha donado a la misma entidad40%
CASO PRÁCTICO
Contacta con nosotros
No te cortes.
Escríbenos un mensaje






    Volver arriba